La ley, sobre la ley

18 JUNIO

Deuteronomio 23 | Salmos 112–113 | Isaías 50 | Apocalipsis 20

De vez en cuando aparece en el Pentateuco un capítulo con leyes y estatutos diversas. Uno de estos capítulos es Deuteronomio 23. Excedería los límites de estas meditaciones reflexionar sobre cada asunto sobre el que se formuló un estatuto, e incluso comentar el principio del ordenamiento de algunas de las listas. Cae por su peso que parte de la legislación se basa en la experiencia histórica de los israelitas. (ej., 23:3–8). En otros casos se trata de la pureza ritual altamente simbólica (ej., 23:9–14); en otros se insta al pueblo a mantenerse alejado de las prácticas abominables del paganismo cananeo (23:21–23). Lo que sí comentaré hoy son los versos 24 al 25: “Cuando entres en la viña de tu prójimo, podrás comer uvas hasta saciarte; mas no pondrás en tu cesto. Cuando entres en la mies de tu prójimo, podrás arrancar espigas con tu mano; mas no aplicarás hoz a la mies de tu prójimo”.

Hay una profunda sabiduría detrás de estos sencillos estatutos. Era una postura básicamente comunitaria que permitía a quienquiera coger lo que quisiera, cuando quisiera, y lo que quisiera; frente a una alternativa Comunista donde todos los productos pertenecen al Estado y dónde ningún individuo puede coger nada en absoluto sin el permiso de los líderes de la comunidad. Frente a una óptica Capitalista, (donde, el enfoque que prima es la propiedad privada), cualquiera que cogiera una sola uva de la viña de su prójimo sería considerado ladrón, cualquiera que recogiese unos cuantos granos de trigo para masticarlos mientras se paseaba por un camino que atravesaba la finca de alguien quedaría sujeto a todo el peso de la ley. Pero al permitir a la gente que comiesen lo que quisiesen mientras estaban en la finca de un vecino, este estatuto servía para fomentar una interdependencia que englobaba toda la comunidad, una visión de herencia común. Los muros y las vallas que se erigen por un concepto celoso de la propiedad quedan rebajados. Además, los desamparados encontrarían al menos algo para comer. Esto no supondría una carga demasiado onerosa para ningún propietario mientras el estatuto fuese respetado por todos. Por otro lado, el hecho que se estipulase que no se podía llevar nada a otro sitio, si se respetaba, servía no sólo para militar contra el robo y la pereza, sino para preservar el principio de la propiedad privada y los incentivos al trabajo y al esfuerzo disciplinado que lo acompañan.

Muchos son los estatutos de la ley de Moisés que, si se administran bien, reflejan un equilibrio piadoso de intereses complementarios.

Carson, D. A. (2013). Por amor a Dios: Devocional para apasionarnos por la Palabra. (R. Marshall, G. Muñoz, & L. Viegas, Trads.) (1a edición, Vol. I, p. 169). Barcelona: Publicaciones Andamio.


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